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Artículos sobre morosidad

Tribuna Libre sobre las deudas de la administración pública en el Diario Montañés

Esta semana la Directora Gerente de Protecmora, Marian García-Borbolla, ha publicado un artículo sobre las deudas de la administración publica en el Diario Montañes, el periódico de mayor tirada de Cantabria. Publicamos aquí integramente el artículo

La deuda del conjunto de las administraciones Públicas españolas creció un 17,5% en el primer trimestre de 2011, hasta situarse en 679.779 millones de euros. La mayor parte de la deuda la acumula la Administración General del Estado, con 521.007 millones de euros, el 76% del total, tras registrar un aumento del 16,8% en el último año. La deuda pública con las corporaciones locales es de 36.000 millones de euros, de los cuales 12.000 son deuda con pequeñas y medianas empresas y con autónomos. De un total de 3 millones de autónomos, el 63% está perjudicado por la morosidad del sector oficial, lo que significa que 1.800.000 trabajadores por cuenta propia tienen problemas producidos por los impagos de municipios y comunidades autónomas. El 25% de los empresarios tarde un año en cobrar sus facturas pendientes con las administraciones públicas, con el agravante de que deben pagar por adelantado el 18% de IVA.

Así, la morosidad ya es la principal preocupación para el 50,8% de las pequeñas y medianas empresasen estos momentos respecto a su negocio. De acuerdo con la ‘Radiografía de la Pyme 2011′, un estudio elaborado a partir de más de 5.800 entrevistas con pequeñas y medianas empresas, en estos momentos la morosidad es la principal preocupación respecto a su negocio para el 50,8% de las pymes, seguida del pago de las nóminas (15,5%).

‘El consejo de Ministros aprobó el pasado día 1 de julio una línea de crédito oficial (ICO) de 34 millones de euros, al objeto de financiar a pequeñas empresas con menos de 250 empleados, tanto PYMES como autónomos, afectadas por las deudas que mantienen con las entidades locales. Esto ayudará a las pequeñas empresas a sanear momentáneamente su situación y mantenerse en el mercado mientras logran saldar sus deudas, que en muchos casos, vienen arrastrando de años anteriores. Pero la clave para la supervivencia radica realmente en lograr resolver satisfactoriamente y cuanto antes su problema de morosidad, esto es, cobrar sus deudas.

Las reclamaciones ante una administración pública se tramitan conforme a derecho administrativo. El proceso comienza presentando una reclamación previa frente al órgano competente de la administración deudora. Dicha administración tiene la obligación de responder, pero, en el caso de que no lo haga en los plazos legalmente previstos, quedaría abierta la vía contencioso-administrativa; es decir, en ese momento interpondríamos una demanda frente a dicha administración y el encargado de resolver la controversia, una vez celebrado el correspondiente juicio, sería un juez de la jurisdicción contenciosa.

El comportamiento de una administración pública deudora es diferente al de un particular moroso o una empresa morosa, ya que la administración es un ente que permanece en el tiempo, de manera que no desaparece, no se le declara insolvente. Si bien todos conocemos la delicada situación de déficit que actualmente presentan las administraciones públicas en general, tenemos que tener en cuenta que, aunque a corto plazo la administración deudora no pueda hacer frente al pago que nosotros reclamamos, a medio o largo plazo tiene que acabar haciéndolo si nuestra deuda ha quedado formalmente demostrada mediante facturas, albaranes, etc..

Pasos para reclamar una deuda a la administración pública

Tenemos que tener presente que la administración, para poder afrontar una deuda, primero tiene que reconocerla, es decir, que la empresa afectada debe presentarle la documentación que acredite la deuda. El siguiente paso es que la Administración tiene que aprobar una partida presupuestaria específica para afrontar dicho pago, por lo que debemos tener en cuenta que -por ejemplo- si reclamamos ahora en julio una deuda y la misma no está prevista en los presupuestos actuales, no tendremos más remedio que esperar a que se aprueben los presupuestos del siguiente ejercicio económico. Pero la ventaja de este tipo de deudas es que el cobro es bastante más probable que cuando reclamamos a un particular o empresa.

La Ley 3/2004 de Medidas de Lucha Contra la Morosidad, promulgada para combatir los impagados y plazos de pago abusivos, deja bien claro que las administraciones deben pagar en 2011 sus deudas en un máximo de 50 días, mientras que durante 2012 el máximo de días será de 40 y, a partir de 2013, el máximo de días será de 30. Si esto no se cumple, la misma tendrá que pagar la demora, la cual a día de hoy se cifra en el 8%. Pero en estos momentos, podemos afirmar que en la práctica ha resultado un fracaso. Corrobora esta afirmación el estudio realizado por la Plataforma Multisectorial Contra la Morosidad (PMCM), que revela que sólo el 16% de las empresas aplican esta Ley y que el 56% ni siquiera la conocen. Mientras tanto, el cierre de pymes por impagos de las administraciones públicas continúa de forma sostenida. Ya se cuenta con la amarga cifra de 200.000 empresas cerradas desde 2008.

En cualquier caso y como reflexión final, la actual situación debería servir para que los empresarios, especialmente PYMES y autónomos, tomen definitivamente conciencia de que es más positivo prevenir que denunciar y que cuando existe un impagado se debe actuar rápidamente, pues el tiempo corre en contra y el porcentaje de posibilidad de recuperación crece cuanto más reciente es la deuda.

Directorio de Cobro de deudas

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